CONSIDERACIONES A SABER SOBRE DEMANDA LABORAL EN COLOMBIA

Consideraciones a saber sobre demanda laboral en colombia

Consideraciones a saber sobre demanda laboral en colombia

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El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 abriles para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama.

La demanda laboral es un medio legítimo que permite a los trabajadores presentar una queja o una querella contra sus empleadores en caso de violaciones a sus derechos laborales.

Nuestros conceptos profesionales se fundamentan en nuestro estudio constante de la clase y la jurisprudencia. En estos incorporamos recomendaciones basados en nuestra experiencia como litigantes activos por 22 primaveras. 

El término para interponer la demanda es de 3 primaveras, de forma que ese plazo, como dice la Corte, se cuenta de día a vencimiento, es asegurar que la fecha de inicio debe coincidir con la plazo final, como, por ejemplo: si el contrato de trabajo termina el 20 de mayo de 2020, el trabajador tiene hasta el 20 de mayo de 2023 para presentar la demanda, como lo deja claro la Corte en la sentencia citada:

Entonces, para demandar laboralmente se deben de tener en cuenta los requisitos exigidos en el artículo 25 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social que, según Leonardo Mejía López, director de la firma Mejía López Estudio de Abogados, debe contener como insignificante “la designación del árbitro a quien se dirige; el nombre de las partes y el de su representante; el domicilio y la dirección de las partes; el nombre, domicilio y dirección del representante judicial del demandante, si fuere el caso”.

El proceso y los pasos a seguir para llevarla a cabo varían dependiendo del tipo de demanda y la situación específica. Sin bloqueo, el procedimiento podría incluir los siguientes pasos:

«Cuando notificada personalmente la demanda al demandado o a su representante, no fuere contestada o ningún de estos compareciere a las audiencias, sin excusa debidamente comprobada, se continuará el proceso sin indigencia de nueva citación.»

Como más Delante se explica, no siempre se requiere de un abogado para que el trabajador pueda demandar a su empleador, pero se recomienda individuo, pues se tratará de procesos de única instancia donde empresa de sst no hay posibilidad de corregir los errores en que se incurra por falta de experiencia o conocimiento, y que, como consecuencia de ello, se pierda la demanda.

Me permito anexar poder a mi atención, los documentos aducidos como pruebas, copia de la demanda con sus anexos para el traslado a la parte demandada y copia de la misma para archivo Del Tribunal.

Se recuerda que este proceso se puede prolongar y requerir varias audiencias antes de conservarse a una valentía final.

Recordemos que el término para el traslado de la demanda inicia cuando el demandado se notifique, ya sea directamente o por intermedio de un curador ad litem. Término para contestar la demanda laboral.

Audiencia de conciliación: En muchos casos, antes del pleito, se lleva a mango una audiencia empresa de sst de conciliación entre las partes para intentar llegar a un acuerdo sin carencia de seguir Delante con el proceso judicial.

El Código Procesal del Trabajo en sus artículos 5 y posteriores estipula, en resumen, que la demanda se presenta en el último emplazamiento donde se haya prestado el servicio o en empresa de sst el domicilio del demandado, y que se interpone delante el mediador laboral del circuito,  y si este no existe, entonces, se presenta frente a el mediador civil del circuito.

Acoso: Hace narración a los obreros que han sido víctimas de persecución, hostigamiento o acecho. Lesiones laborales: Cuando los empleados que han empresa de sst sufrido un accidente en el trabajo, buscan admitir compensación. Violaciones a las leyes de salarios: Estas demandas las denuncian obreros que no le pagaron las horas trabajadas.

La demanda laboral se interpone en presencia de la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social, según señala el artículo Servicio 2 del Código Procesal del Trabajo. Es asegurar, que la demanda se presenta en presencia de un juzgado laboral, y si en el sitio donde se debe colocar la demanda no existe individuo, se presenta frente a un enjuiciador civil.

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